Cómo darse de alta como autónomo en 2026: pasos, plazos y lo que cuesta

Darse de alta como autónomo son dos trámites: el alta en Hacienda (modelo 036) y el alta en la Seguridad Social (régimen de autónomos). Los dos son gratis y se hacen por internet. El de Hacienda va antes de empezar a trabajar; el de la Seguridad Social, como tarde el mismo día en que empiezas, y nunca más de 60 días antes. Lo que sí cuesta dinero es la cuota mensual: si es tu primera vez, normalmente 80 € al mes durante el primer año con la tarifa plana. Pon la fecha en la que quieres empezar y te digo tus plazos.

El primer día en que vas a facturar o a prestar tus servicios.
Alta en Hacienda (036)—
Alta en la Seguridad Social—
Tarifa plana (80 €/mes)—
Tu primer trimestre—
Primeros impuestos (303 y 130)—

Orientativo para una persona física que empieza una actividad en estimación directa y en el régimen general del IVA. Si un plazo de impuestos acaba en sábado, domingo o festivo, se alarga al siguiente día hábil. Última revisión: 14 de octubre de 2026.

¿Tienes que darte de alta?

Sí, si trabajas por tu cuenta de forma habitual, personal y directa, sin contrato laboral con quien te paga. Es lo que dice el Estatuto del trabajo autónomo. La ley no fija un mínimo de ingresos por debajo del cual no haga falta: lo que cuenta es la habitualidad. Algunos tribunales han usado el salario mínimo como pista para medirla, pero no es una exención. Si vas a cobrar de forma regular por tu trabajo, cuenta con darte de alta.

Qué necesitas tener a mano

  • Certificado digital o Cl@ve. El alta en la Seguridad Social solo se puede hacer por medios electrónicos, y en Hacienda es lo más rápido.
  • Tu actividad, en dos códigos: el epígrafe del IAE (para Hacienda) y el código CNAE (para la Seguridad Social). Busca el que describe lo que vas a hacer, no el que suena mejor.
  • Una previsión de lo que vas a ganar. No lo que vas a facturar, sino tus ingresos menos tus gastos. Con eso eliges tu tramo de cuota. Si no lo tienes claro, la calculadora de cuánto facturar te ayuda a estimarlo.
  • Una cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
  • Una mutua colaboradora elegida. Se escoge en el momento del alta y cubre, entre otras cosas, las bajas. Cambiarla después solo es posible con efectos del 1 de enero, avisando antes del 1 de octubre.

Paso 1: alta en Hacienda con el modelo 036

Es la declaración censal: le dice a la Agencia Tributaria que empiezas una actividad y qué impuestos vas a tener. La ley exige presentarla antes de empezar. Desde el 3 de febrero de 2025 el modelo 037 ya no existe, así que todo el mundo usa el 036. Si eres persona física y es tu alta inicial, también puedes usar el servicio Censos WEB de la Agencia Tributaria, que te guía con preguntas.

Lo que importa marcar bien:

  • Epígrafe del IAE. Decide si eres profesional o empresario, y eso cambia cosas como la retención del 7 % o el 15 % en tus facturas. Como persona física estás exento de pagar el IAE: solo hay que darse de alta en él.
  • Régimen de IVA. Lo normal es el régimen general: cobras IVA en tus facturas y lo declaras cada trimestre en el modelo 303. Algunas actividades están exentas (por ejemplo, ciertas sanitarias o educativas).
  • Régimen de IRPF. La mayoría queda en estimación directa simplificada, que obliga a adelantar el 20 % de tu beneficio cada trimestre con el modelo 130, salvo que el 70 % o más de tus ingresos ya lleve retención.
  • Casos especiales. Si vas a alquilar un local, tendrás que retener al casero (modelo 115). Si vas a facturar a empresas de otros países de la UE o comprarles servicios (por ejemplo, publicidad en Google o Meta), pide el alta en el Registro de operadores intracomunitarios en el mismo 036.

Paso 2: alta en la Seguridad Social

Se hace en el portal Importass de la Seguridad Social, con la opción de alta como autónomo. El reglamento marca el plazo con precisión: antes de empezar, y nunca más de 60 días naturales antes. Si la pides en plazo, tu alta cuenta desde el mismo día en que empiezas (vale para las tres primeras altas de cada año) y en ese primer mes pagas solo los días que estás de alta.

En la solicitud te van a pedir:

  • Tus rendimientos netos previstos. Con ellos se decide tu tramo y tu base de cotización. Si te equivocas no pasa nada grave: puedes cambiar de base hasta seis veces al año, y al final del año la Seguridad Social regulariza con lo que hayas ganado de verdad. Mira cuánto pagarías en cada tramo con la calculadora de cuota de autónomos 2026.
  • La tarifa plana, si te corresponde. Hay que pedirla en esa misma solicitud. Si no la marcas, no se aplica. Requisitos y cuánto te ahorras: tarifa plana de autónomos 2026.
  • La mutua, el CNAE y la cuenta bancaria.

Paso 3 (solo si abres local): el ayuntamiento

Si vas a trabajar en un local abierto al público, pregunta en tu ayuntamiento qué licencia o declaración responsable necesitas antes de abrir. Depende del municipio y de la actividad. Si trabajas desde casa o en las instalaciones de tus clientes, normalmente no hace falta.

Cuánto cuesta darse de alta

  • Los trámites: 0 €. Ni el 036 ni el alta en la Seguridad Social tienen tasa.
  • La cuota mensual: con tarifa plana, normalmente 80 € al mes el primer año. Sin ella, depende de tu tramo de rendimientos.
  • Una gestoría, si la quieres: es opcional. El alta la puedes hacer tú con esta guía; donde más ayuda una gestoría es en las declaraciones de cada trimestre.

Errores que salen caros

  • Darte de alta tarde en la Seguridad Social. El alta pasa a contar desde el día 1 del mes en que empezaste, y las cuotas atrasadas se cobran con recargos e intereses.
  • No marcar la tarifa plana en la solicitud. Se pierde.
  • Elegir un tramo muy bajo «para pagar menos». Si ganas más, al regularizar el año te reclamarán la diferencia de golpe. Mejor ajustar la base durante el año.
  • No apartar dinero desde la primera factura. El IVA que cobras no es tuyo y el IRPF se adelanta cada trimestre. La calculadora de cuánto apartar para impuestos te dice cuánto guardar cada mes.

Preguntas frecuentes

¿Qué va primero, Hacienda o la Seguridad Social?

Lo habitual es hacer primero el 036 y después el alta en la Seguridad Social, porque así ya tienes claro tu epígrafe y tu actividad. Lo importante es que las dos estén hechas antes de empezar.

¿Puedo darme de alta solo unos meses?

Sí. Te das de baja cuando dejes la actividad: tienes 6 días naturales para comunicarlo a la Seguridad Social. Ojo si entras y sales varias veces: las tres primeras altas de cada año cuentan desde el día exacto, pero a partir de la cuarta cuentan desde el día 1 del mes.

¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Sí, es el pluriempleo o pluriactividad. Cotizas en los dos regímenes y te das de alta igual que cualquier otro autónomo.

¿Cuándo presento mis primeros impuestos?

En el plazo del trimestre en el que te das de alta, aunque hayas trabajado pocos días. La calculadora de arriba te dice cuál es, y en tu primer trimestre como autónomo tienes qué modelos presentar según tu caso.

Fuentes

  • BOE: Real Decreto 84/1996, artículos 32.3 (plazo de alta: antes de empezar y no más de 60 días antes), 43 bis (cambio de base hasta seis veces al año), 46 (alta por medios electrónicos y efectos) y 47 (mutua).
  • BOE: Real Decreto 1065/2007, artículo 9.4 (la declaración censal de alta se presenta antes del inicio de la actividad).
  • BOE: Ley 20/2007 del Estatuto del trabajo autónomo, artículos 1 (quién es autónomo) y 38 ter (tarifa plana).
  • Agencia Tributaria: modelo 036 y Censos WEB. Supresión del modelo 037 desde el 3 de febrero de 2025 (Orden HAC/1526/2024).

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