El modelo 130 es el adelanto trimestral del IRPF que pagan los autónomos en estimación directa. Mete tus números acumulados del año y la calculadora te dice cuánto te sale este trimestre, casilla por casilla, con el mismo orden que el formulario de Hacienda.
| Casilla 01 · Ingresos | 0,00 € |
| Casilla 02 · Gastos | 0,00 € |
| Casilla 03 · Rendimiento neto | 0,00 € |
| Casilla 04 · 20 % del rendimiento | 0,00 € |
| Casilla 05 · Pagos anteriores | 0,00 € |
| Casilla 06 · Retenciones | 0,00 € |
| Casilla 07 · Pago fraccionado previo | 0,00 € |
| Casilla 13 · Minoración | 0,00 € |
| Casilla 15 · Negativos anteriores | 0,00 € |
| Casilla 19 · Resultado | 0,00 € |
Resultado orientativo. No incluye la deducción por vivienda habitual (casilla 16) ni actividades agrícolas o en módulos. Fuente: instrucciones del modelo 130 de la Agencia Tributaria. Última revisión: 13 de octubre de 2026.
Cómo se calcula el modelo 130
La clave que más confunde: el 130 se calcula siempre con importes acumulados desde el 1 de enero, no con lo del trimestre suelto. Por eso en cada trimestre restas lo que ya pagaste en los anteriores.
- Rendimiento neto (casilla 03): ingresos menos gastos deducibles, acumulados del año. En estimación directa simplificada, a los gastos se suma un 5 % del rendimiento en concepto de gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año.
- 20 % de ese rendimiento (casilla 04). Si el rendimiento es negativo, aquí va un cero.
- Menos lo que ya pagaste (casilla 05): la suma de los resultados positivos de la casilla 07 de los trimestres anteriores del mismo año.
- Menos las retenciones (casilla 06): el IRPF que tus clientes ya te han descontado en las facturas, también acumulado.
- Menos la minoración (casilla 13), si el año pasado tu rendimiento neto fue de 12.000 € o menos. Se resta en cada trimestre.
| Rendimiento neto del año anterior | Minoración por trimestre |
|---|---|
| Hasta 9.000 € (o sin actividad el año anterior) | 100 € |
| De 9.000,01 a 10.000 € | 75 € |
| De 10.000,01 a 11.000 € | 50 € |
| De 11.000,01 a 12.000 € | 25 € |
| Más de 12.000 € | 0 € |
Ejemplo: diseñadora autónoma en su primer semestre
Lucía está en estimación directa simplificada y el año pasado ganó más de 12.000 €, así que no tiene minoración.
Primer trimestre. Factura 9.000 €, tiene 2.500 € de gastos (cuota incluida) y le han retenido 600 €. Rendimiento previo: 6.500 €. Difícil justificación: 5 % de 6.500 = 325 €. Rendimiento neto: 6.175 €. El 20 % son 1.235 €; menos 600 € de retenciones, paga 635 €.
Segundo trimestre. Acumulado del año: 19.000 € de ingresos, 5.000 € de gastos y 1.350 € de retenciones. Rendimiento previo: 14.000 €; difícil justificación, 700 €; rendimiento neto, 13.300 €. El 20 % son 2.660 €. Resta los 635 € del primer trimestre y los 1.350 € de retenciones: paga 675 €.
Si metes esos mismos datos en la calculadora, verás las mismas cifras casilla por casilla.
Quién no tiene que presentarlo
Si eres profesional (actividad de la sección segunda o tercera del IAE) y el año pasado al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención, no estás obligado a presentar el 130. Pasa mucho con quien factura casi todo a empresas con el 15 % o el 7 %. Si empezaste la actividad este año, el 70 % se mide sobre los ingresos del trimestre.
Tampoco lo presentas si estás en módulos (estimación objetiva): ahí toca el modelo 131. ¿Dudas entre el 7 % y el 15 %? Lo explicamos en retención del 7 % o del 15 %.
Qué pasa si sale negativo
- Trimestres 1.º a 3.º: no pagas y marcas «A deducir». Ese importe lo restas en la casilla 15 del siguiente trimestre que salga positivo del mismo año.
- 4.º trimestre, o resultado cero: lo presentas como «Negativa». Lo que no hayas podido restar se regulariza en la declaración de la renta.
En todos los casos hay que presentarlo, aunque no pagues nada. No presentarlo se considera un incumplimiento aunque el resultado sea cero.
Plazos de presentación
| Trimestre | Plazo |
|---|---|
| 1.º (enero–marzo) | Del 1 al 20 de abril |
| 2.º (abril–junio) | Del 1 al 20 de julio |
| 3.º (julio–septiembre) | Del 1 al 20 de octubre |
| 4.º (octubre–diciembre) | Del 1 al 30 de enero del año siguiente |
Si el último día cae en sábado o festivo, pasa al siguiente día hábil. Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes. Tienes todas las fechas en el calendario fiscal del autónomo.
Errores habituales
- Poner solo los datos del trimestre en vez de los acumulados. Acabas pagando de menos y Hacienda lo detecta en la renta.
- Meter el IVA en ingresos o gastos. El 130 va siempre sin IVA; el IVA va en el modelo 303.
- Olvidar la cuota de autónomos como gasto. Es deducible y baja el pago. Más gastos que puedes restar en la guía de gastos deducibles.
- Restar en la casilla 05 un trimestre que salió negativo. Solo cuentan los positivos.
Preguntas frecuentes
¿El modelo 130 es un impuesto extra?
No. Es un adelanto del IRPF del año. Todo lo que pagas en los cuatro trimestres se resta en tu declaración de la renta.
¿Puedo pagar más del 20 %?
Sí, la ley permite aplicar un porcentaje mayor. Puede interesarte si sabes que en la renta te va a salir a pagar, aunque el dinero queda adelantado a Hacienda. La alternativa es apartarlo tú: lo calculas con cuánto apartar para impuestos.
¿Qué gastos van en la casilla 02?
Los gastos deducibles de la actividad sin IVA, las amortizaciones y, si estás en simplificada, el 5 % de difícil justificación. Si llevas tus cuentas con nuestra plantilla de ingresos y gastos, los totales acumulados te salen directamente.
Fuentes
- Agencia Tributaria: instrucciones del modelo 130 (casillas, minoración, plazos y resultados negativos).
- Agencia Tributaria: importe de los pagos fraccionados.
- Agencia Tributaria: estimación directa simplificada (5 % de difícil justificación, máximo 2.000 € en 2026).
Última revisión: 13 de octubre de 2026.
Siguiente paso
- Calcula también tu modelo 303 de IVA: se presenta en las mismas fechas.
- Cómo rellenar el modelo 303 casilla por casilla.
- ¿Es tu primer trimestre? Mira todo lo que tienes que presentar.
- Cuánto apartar cada mes para impuestos, para que el trimestre no te pille sin dinero.
- Tu cuota de autónomos 2026, el gasto que nunca debe faltar en la casilla 02.