Modelo 303: cómo rellenarlo casilla por casilla (con ejemplo)

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El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. En ella le dices a Hacienda cuánto IVA has cobrado en tus facturas y cuánto has pagado en tus gastos, y le ingresas la diferencia. Si solo quieres saber cuánto te va a salir, usa la calculadora de IVA trimestral. Aquí tienes cómo se rellena, casilla por casilla, con un ejemplo completo.

Última revisión: 13 de octubre de 2026. Fuente: instrucciones del modelo 303 para 2026 de la Agencia Tributaria. Información general para autónomos en régimen general del IVA; no sustituye el criterio de la Administración ni de un asesor.

Quién presenta el modelo 303

Todo autónomo que factura con IVA, tanto en régimen general como en el simplificado (módulos). Si tus operaciones están exentas de IVA, como muchas actividades sanitarias o de formación reglada, no lo presentas por esa actividad.

Se presenta cada trimestre aunque no hayas facturado nada. Si en el trimestre no has cobrado ni pagado IVA, marcas la casilla «Sin actividad» y lo envías igual.

Plazos de presentación

TrimestrePlazo
1.º (enero–marzo)Del 1 al 20 de abril
2.º (abril–junio)Del 1 al 20 de julio
3.º (julio–septiembre)Del 1 al 20 de octubre
4.º (octubre–diciembre)Del 1 al 30 de enero del año siguiente

Si domicilias el pago, el plazo acaba unos días antes. Tienes las fechas exactas de este año en el calendario fiscal del autónomo. En las mismas fechas se presenta el pago fraccionado del IRPF, que puedes calcular con la calculadora del modelo 130.

Antes de empezar: los datos que necesitas

  • Tus facturas emitidas del trimestre, con la base y el IVA separados por tipo (21 %, 10 %, 4 %). Cuentan por fecha de factura, aunque no te las hayan pagado, salvo que estés en el régimen especial del criterio de caja.
  • Tus facturas recibidas de gastos de la actividad, a tu nombre y con tu NIF. Un tique sin tus datos no sirve para deducir el IVA.
  • Las compras a empresas de otros países de la UE (publicidad en Google o Meta, software, plataformas), que van en casillas propias.
  • Tu 303 del trimestre anterior, por si salió «a compensar».

Si lo llevas todo en la plantilla de ingresos y gastos, los totales por trimestre te salen directamente.

Las casillas del modelo 303, una por una

La mayoría de autónomos solo usa una parte del formulario. Estas son las casillas del régimen general que te vas a encontrar, en el orden en que aparecen.

IVA devengado: el que has cobrado

CasillasQué va
07, 08 y 09Ventas al 21 %: base, tipo y cuota. Es la que usa casi todo el mundo.
04, 05 y 06Ventas al 10 %.
01, 02 y 03Ventas al 4 %.
150, 151 y 152Ventas al 0 %.
10 y 11Compras de bienes y servicios a empresas de otros países de la UE: base e IVA que te repercutes tú mismo.
12 y 13Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo, por ejemplo algunas obras de construcción.
14 y 15Modificaciones: facturas rectificativas que suben o bajan bases ya declaradas.
27Total de IVA devengado. Se calcula solo.

Las casillas de recargo de equivalencia (16 a 26, 156 a 158 y 168 a 170) son para quien vende a comerciantes minoristas en ese régimen. Si no es tu caso, se quedan vacías.

IVA deducible: el que has pagado

CasillasQué va
28 y 29Gastos corrientes comprados en España: base e IVA. Aquí va la mayor parte de tus gastos.
30 y 31Bienes de inversión comprados en España.
32 a 35Importaciones de fuera de la UE, corrientes y de inversión.
36 y 37Compras corrientes de bienes y servicios a empresas de la UE. Es el mismo IVA de las casillas 10 y 11, que ahora te deduces.
38 y 39Bienes de inversión comprados en la UE.
40 y 41Rectificación de deducciones de este año.
45Total a deducir. Se calcula solo.
46Resultado del régimen general = casilla 27 − casilla 45.

Un detalle que confunde mucho: para el IVA, un ordenador o un móvil normalmente no es un bien de inversión. La Ley del IVA excluye de esa categoría los bienes de menos de 3.005,06 €, así que un portátil de 1.500 € va en las casillas 28 y 29 con el resto de gastos.

Resultado: lo que pagas o lo que te queda a favor

CasillasQué va
64Suma de resultados. Para un autónomo en régimen general, igual que la 46.
65 y 66Porcentaje atribuible al Estado (100 % salvo que tributes también en País Vasco o Navarra) y resultado atribuible.
110Saldo a compensar que arrastras de trimestres anteriores.
78Parte de ese saldo que usas en este trimestre.
87Lo que te queda para trimestres siguientes (110 − 78).
69Resultado después de compensar.
71Resultado de la liquidación. Es la cifra final.

Las casillas 70 y 109 solo se rellenan cuando presentas una autoliquidación rectificativa para corregir otra ya enviada.

Ejemplo completo: diseñadora autónoma, tercer trimestre

Marta factura 9.000 € de base al 21 % entre julio y septiembre. Sus gastos del trimestre: 1.200 € de base en gastos corrientes (coworking, software, gestoría) con 252 € de IVA, un portátil de 1.500 € con 315 € de IVA y 300 € de anuncios en Google, que factura desde Irlanda sin IVA. Del segundo trimestre le quedaron 150 € a compensar.

CasillaConceptoImporte
07 / 09Base al 21 % / cuota9.000 € / 1.890 €
10 / 11Anuncios de Google: base / IVA que se repercute300 € / 63 €
27Total devengado1.953 €
28 / 29Gastos corrientes en España, portátil incluido: base / IVA2.700 € / 567 €
36 / 37Anuncios de Google: base / IVA que se deduce300 € / 63 €
45Total a deducir630 €
46, 64 y 66Resultado del régimen general1.323 €
110 / 78 / 87Saldo anterior / aplicado / pendiente150 € / 150 € / 0 €
69 y 71Resultado a ingresar1.173 €

Fíjate en los anuncios de Google: el IVA aparece en el devengado (casilla 11) y en el deducible (casilla 37) por el mismo importe, así que no cambia el resultado. Aun así hay que declararlo, y esas compras también van en el modelo 349. Para comprar servicios a empresas de la UE sin IVA necesitas estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

Comprobación rápida: 1.890 € cobrados − 567 € pagados − 150 € del trimestre anterior = 1.173 €. En la calculadora de IVA trimestral te sale lo mismo si metes 9.000 € de ventas al 21 %, 567 € de IVA soportado y 150 € a compensar (los anuncios de Google se anulan y no hace falta meterlos).

Qué pasa si el resultado sale negativo

Un resultado negativo en la casilla 71 significa que has pagado más IVA del que has cobrado. Según el trimestre tienes dos opciones:

  • Trimestres 1.º a 3.º: lo presentas «a compensar» y ese importe lo escribes en la casilla 110 del siguiente 303. Solo puedes pedir la devolución en estos trimestres si estás inscrito en el registro de devolución mensual.
  • 4.º trimestre: puedes elegir entre pedir la devolución o seguir compensándolo el año siguiente.

Si el resultado es exactamente cero, se presenta como «resultado cero».

Cómo se presenta

  1. Entra en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el trámite del modelo 303 del ejercicio en curso. Puedes identificarte con Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico.
  2. Usa el formulario o el servicio de ayuda Pre303, que guía la presentación y precarga tus datos identificativos.
  3. Indica el ejercicio y el periodo (1T, 2T, 3T o 4T).
  4. Rellena las casillas de tu caso y revisa el resultado de la casilla 71.
  5. Elige el tipo de declaración (a ingresar, a compensar, a devolver, resultado cero o sin actividad), la forma de pago si toca pagar, y firma el envío. Guarda el justificante en PDF.

Errores habituales

  • Declarar por fecha de cobro en vez de por fecha de factura. Si no estás en criterio de caja, una factura de septiembre que te pagan en octubre va en el tercer trimestre.
  • Deducir IVA de gastos sin factura completa o que no son de la actividad. Revisa qué gastos admite Hacienda en la guía de gastos deducibles y qué datos debe llevar cada factura.
  • Olvidar las compras a empresas de la UE. Aunque el resultado neto sea cero, si no las declaras en las casillas 10, 11, 36 y 37 la declaración no cuadra con el modelo 349.
  • No arrastrar el saldo a compensar del trimestre anterior y pagar de más.
  • Gastarte el IVA cobrado. No es tuyo: apártalo cada mes con la calculadora de cuánto apartar para impuestos.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el modelo 303 y el 390?

El 303 es la declaración de cada trimestre, con la que pagas. El 390 es un resumen anual informativo que se presenta en enero junto al 303 del cuarto trimestre. Algunos autónomos están exonerados del 390, por ejemplo los que solo tributan en régimen simplificado, los que solo alquilan inmuebles urbanos o los que llevan los libros registro en la Sede electrónica; en ese caso, en el 303 del cuarto trimestre rellenan un apartado adicional.

¿Tengo que presentarlo si no he facturado nada?

Sí, mientras sigas dado de alta. Si no has cobrado ni pagado IVA, marcas «Sin actividad». Si has tenido gastos con IVA pero ninguna venta, el resultado sale a compensar.

¿Me equivoqué en un 303 ya presentado, qué hago?

Presentas una autoliquidación rectificativa del mismo periodo, marcando esa opción e indicando el número de justificante de la declaración que corriges. Si con el error pagaste de menos, lo que falta puede llevar recargo por presentación fuera de plazo.

Fuentes

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